Las pruebas utilizadas por Tráfico para la detección de sustancias estupefacientes no son todo lo fiables que debieran. No es la primera vez que un “usuario de la carretera” cae en un control de drogas de la Guardia Civil y da positivo cuando no las ha consumido. A veces confunden las “drogas prohibidas” con medicamentos que sí están permitidos y que se consumen bajo prescripción médica. Otras veces simplemente fallan. Si tuvierais la mala suerte de encontraros ante una situación como esta, os damos unos consejos que pudieran seros de utilidad:
1.- Ante un control de drogas, el Agente de turno os hará un primer test de saliva. Si esta prueba, llamada “indiciaria”, diera positivo, tendrán que haceros una segunda prueba, también salivar, llamada “evidencial”. Esta segunda muestra se llevará a un laboratorio a analizar. Si este segundo test diera también positivo, se iniciará un procedimiento sancionador contra vosotros. Llegado este momento tenéis todos los boletos para perder 1.000 € (500 € con la reducción si decidís no recurrir) y seis puntos del carnet.
2.- Si tuvierais la mala suerte de dar positivo en la primera prueba y tenéis la certeza de que no habéis consumido sustancias prohibidas (ni ese día ni los anteriores) en ese mismo momento debéis solicitar al Agente que os hagan una prueba de contraste. Si bien tienen la obligación de ofrecérosla, alguna vez “se olvidan” de hacerlo ¿Por qué? Pues porque esta prueba de contraste es un análisis de sangre y exige trasladarse a en un centro médico a hacerla (le habéis dado la tarde al Guardia, que seguramente estuviera acabando su turno de trabajo) ¡OJO! Solicitadla solo si tenéis la seguridad de que no habéis consumido estupefacientes, ya que, si os pasáis de listo, obligáis a la Benemérita a trasladarse a un Hospital y finalmente fuera positiva, no solo os llegará la multa, sino que además deberéis haceros cargo del coste de la misma, la cual no es barata.
3.- Si con la prueba de contraste no os quedarías tranquilos, o no os apetece que la Guardia Civil os acompañe a hacerla, tenéis la opción de acudir vosotros mismos a un centro privado y que os hagan un análisis a los efectos de demostrar que la prueba de saliva efectuada era errónea. En todo caso, esta prueba, por motivos obvios, habréis hacerla el mismo día del control. Al día siguiente ya no sirve.
4.- Y una última cosa, si os paran las Agentes de la Ley, no os neguéis nunca a hacer la prueba de drogas o alcohol. Está castigado con penas de prisión y podéis ser privados del carnet de conducir. Más vale perder seis puntos del carnet que acabar en la cárcel.
Ante cualquier duda, estamos a vuestra disposición.