Tener problemas con las ramas o con raíces de los arboles de un vecino es algo mucho más habitual de lo que parece. La solución: Código Civil
Arrancar las ramas de tus vecinos está permitido y el Código Civil lo avala
El artículo 591 del Código Civil deja claro que no se puede plantar sin más cerca de la propiedad del vecino. Si no hay normativa municipal específica, se aplican unas distancias mínimas bastante concretas:
- Dos metros si hablamos de árboles altos
- 50 centímetros si son arbustos o árboles más pequeños
Lo que significa que, si alguien planta un árbol sin respetar esas distancias, el vecino afectado puede exigir que se arranque. Y aquí no hay demasiada interpretación ya que, si no se cumple lo mencionado, se puede reclamar directamente.
Qué ocurre cuando la rama invade tu espacio.
Puedes exigir que esas ramas se corten, pero no puedes hacerlo tú por tu cuenta.
Con las raíces cambia todo
Donde la cosa da un giro es bajo tierra ya que, si las raíces del árbol del vecino se meten en tu parcela, entonces sí puedes cortarlas tú mismo. Sin pedir permiso y sin tener que esperar a que el otro actúe. Eso sí, con un límite muy claro y sólo dentro de tu propiedad.


