El TS dicta sentencia por la que establece que el abuso de temporalidad en la contratación de las Administraciones publicas sólo debe convertirse en empleo fijo si se supera una oposición
El Alto Tribunal ha dictado su fallo de acuerdo con la sentencia del TJUE de 3 junio de 2021 sobre el llamado caso Obadal, declarándose relación laboral fija la de una mujer que había superado un proceso selectivo y posteriormente había sufrido abuso de temporalidad.
De este modo, el TS entiende que solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado, pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha aprobado sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, procede convertir ese contrato en una relación laboral fija.
Se considera además que las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad consisten en el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador.


