La semana pasada explicábamos que Hacienda no puede entrar en un domicilio constitucionalmente protegido si no le dais vuestra autorización. Pues bien, esta semana nos congratulamos de traeros la demostración práctica.
El pasado 16 de enero el Tribunal de Justicia de Galicia ha dictado Sentencia por la que, estimando el recurso contencioso- administrativo presentado en nombre de nuestro cliente, ha anulado las sanciones que le fueron impuestas por importe de más de 105.000 €.
El motivo de estas sanciones residía en la supuesta resistencia a las actuaciones de la Administración tributaria. A juicio de Hacienda, nuestro cliente habría cometido una infracción grave, por no haber permitido entrar a los inspectores en sus oficinas para acceder a los archivos informáticos.
A través de la Sentencia dictada, el Tribunal declara que la Agencia Tributaria pretendió entrar en una zona cerrada y delimitada, en el que trabajaba personal administrativo de la empresa que desarrollaba funciones internas. A través del informe aportado por esta parte, se pudo probar que en este espacio había incluso un rótulo que prohibía el paso, lo cual denota claramente que el lugar al que intentó acceder la Inspección no estaba destinado a la atención del público. En consecuencia, considera que la actuación de Hacienda fue ilegal, anulando las sanciones impuestas.
Repetimos una vez más que no tenemos por que soportar la arbitrariedad con la que muchas veces opera la Administración en los procedimientos de inspección. Están sometidos a la norma y deben respetarla. Si no lo hace, no te des por vencido y defiende tus derechos.



