Eso sí, tienen que concurrir estos requisitos:
1.- Tres meses de unión matrimonial; en caso de que existan hijos menores o mayores dependientes, no es posible acudir al divorcio exprés. Si la pareja tiene hijos mayores o menores emancipados, deberán manifestar su consentimiento con respecto a las medidas del convenio regulador que les afecten.
2.-En segundo lugar, será necesario elaborar de un convenio regulador, en el que los cónyuges obligatoriamente pactarán determinadas condiciones, como a quien se le atribuye el uso de la vivienda, la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, las obligaciones con respecto a los hijos mayores de edad que estudien y no tengan ingresos propios, la pensión compensatoria o la liquidación de la sociedad económica conyugal, en caso de matrimonios en régimen de gananciales.
3.- Por último, habrá que aportar una serie de documentación, como aquella que identifique a los cónyuges y a los hijos, el certificado de matrimonio y de empadronamiento de la familia o el libro de familia, para comprobar que no existen hijos menores.
El divorcio se realiza ante un Notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia.
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