Desde hace casi dos años se encontraba pendiente de resolver por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Supremo, respecto a la fijación del plazo límite para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios. Pues bien, tenemos buenes noticias para vosotros; y es que ayer jueves, 25 de abril, el TJUE por fin se ha pronunciado en sentido favorable a los consumidores.
Entiende el Tribunal Europeo que el plazo de prescripción para reclamar la devolución de gastos hipotecarios no ha expirado, como defendían las entidades bancarias. Este plazo para reclamar no comenzará a computar hasta que mediante Sentencia se declare el carácter abusivo y la nulidad de esta cláusula. Y es que considera el TJUE que es esta fecha y no otra en la que el consumidor tuvo un conocimiento cierto de que la cláusula era irregular y por tanto, pudo reclamar la devolución de los gastos hipotecarios.
¿Ello que quiere decir? Muy fácil; si todavía no habéis reclamado la devolución de los gastos hipotecarios que os cobró vuestro Banco, todavía podéis hacerlo, sin ningún temor a que el Juzgado pueda resolver en vuestra contra por el transcurso del plazo máximo para plantear la demanda.
Desde ARL ABOGADOS os recomendamos que reclameis. Es un dinero vuestro y no de los Bancos y por tanto tenéis el derecho a que os lo devuelvan. Si tenéis cualquier duda aquí estamos. Os atenderemos encantados, ya sea presencialmente, por correo electrónico, telefónicamente o por videollamada.