La comisión de apertura es nula si solo se establece el porcentaje a pagar

uenas noticias para los consumidores. El Tribunal Supremo ha declarado nula por falta de transparencia la comisión de apertura de una hipoteca de Banco de Santander y ha obligado al banco a devolver al cliente 1.440 euros más los intereses.

A través de la reciente Sentencia dictada el 12 de noviembre, el Tribunal entiende que la cláusula no era transparente, al no dar a conocer al prestatario de forma clara la cantidad que tenía que pagar por esta comisión, ya que solo reflejaba un porcentaje, pero no la cuantía sobre el que se aplicaba. A este respecto, el contrato únicamente estipuló que la comisión de apertura sería del 0,75%, a pagar al banco cuando se firmara la operación, pero no sobre que cantidad habría de calcularse.

¡Revisad vuestras hipotecas! Es posible que el Banco tenga que devolveros la comisión de apertura si no os informó en su día correctamente. Llamadnos sin compromiso y revisaremos juntos vuestra hipoteca.

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