Tarjetas Revolving: ¿eres un deudor cautivo?

El TRIBUNAL SUPREMO insiste en la necesidad de Información y en transparencia de las cláusulas de las tarjetas revolving.

El Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias en las que se aborda la falta de transparencia y la abusividad de la cláusula que determina el interés en los contratos de tarjetas de crédito. 

El alto Tribunal considera que, dada la posibilidad de que el consumidor debido al funcionamiento  de este tipo de tarjetas, pueda quedar atrapado en una deuda perpetua, es crucial que reciba información clara sobre estas características y riesgos, de forma adecuada y en el momento pertinente.

Asimismo, la Sala de lo Civil añade que antes de formalizar el contrato se debe proporcionar al consumidor información que explique de manera transparente el funcionamiento del mecanismo de recomposición del capital y su impacto en el cálculo de los intereses y la amortización del capital utilizado, especialmente en situaciones de aumento significativo del riesgo. 

La información debe ser accesible para el consumidor promedio, permitiéndole comprender estas especiales características del producto 

Al desconocer los riesgos asociados a este sistema el consumidor no puede comparar esta oferta con otras opciones, comprometiéndose a un contrato que puede tener consecuencias graves, convirtiéndose en lo que la sala denomina un «deudor cautivo», fenómeno que el Banco de España describe como «efecto bola de nieve».

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