La Audiencia Provincial de Ourense ha confirmado recientemente, a través de la Sentencia dictada el 26 de enero de 2024, la nulidad del acuerdo privado firmado entre un cliente y su Banco, mediante el cual este primero, a cambio de una mejora en las condiciones del préstamo, reconoció haber sido informado debidamente de las condiciones de la hipoteca firmada en su día, entre ellas la cláusula suelo. Este acuerdo suponía una renuncia encubierta a la posibilidad de cualquier reclamación por la cláusula suelo del contrato de préstamo.
No constando que la renuncia a reclamar la cláusula suelo procediera de un consentimiento libre del consumidor, la Audiencia condena al Banco a devolver al cliente las cantidades que pagó de más por razón de la aplicación de la citada cláusula.
Si has firmado con el Banco un acuerdo por el que, a cambio de una mejora de las condiciones de tu hipoteca, tuviste que renunciar a la devolución de los intereses de la cláusula suelo, es muy posible que te encuentres en esta misma situación. Pide cita y estudiaremos tu caso sin compromiso.