𝗟𝗮 𝗼𝗰𝘂𝗹𝘁𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝘂𝗻𝗮 𝗲𝗻𝗳𝗲𝗿𝗺𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗲𝘅𝗰𝘂𝘀𝗮𝗿 𝗲𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝗹 𝘀𝗲𝗴𝘂𝗿𝗼

Los seguros de vida pueden contener estipulaciones que excluyen la obligación de pago de la aseguradora en el caso de que con anterioridad a la entrada en vigor del seguro el contratante tenga enfermedades que puedan influir o ser causantes de un ulterior deceso. Es por ello que se incorpora al seguro un cuestionario de salud al que debe de responder al tiempo de su suscripción.

Estas exclusiones de responsabilidad de la aseguradora son válidas si el tipo de preguntas formuladas al tomador al contratar el seguro le permiten a este ser consciente de que, de no mencionar sus enfermedades, está ocultando intencionadamente datos relevantes. Esto es, si al solicitar el seguro es plenamente consciente de que padece una enfermedad muy grave que se asocia con una alta probabilidad de desenlace fatal y sabiéndolo lo oculta.

Por ello, la ocultación deliberada y consciente de una enfermedad que a la postre puede desencadenar el fallecimiento puede eximir a la compañía de la obligación de pago al asegurado.

Comparte:

Facebook
Twitter
LinkedIn
Abrir chat
Si tienes alguna duda, ¡ Pregúntanos!
ARL Abogados
Hola 👋
Bienvenido a ARL Abogados
¿En qué podemos ayudarte?