Complemento de pensión: discriminación masculina

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a analizar la interpretación del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en su versión modificada, en relación con la Directiva europea 79/7. Esta normativa tiene como objetivo promover la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito de la seguridad social.

El artículo en cuestión establece que las mujeres que reciben una pensión contributiva de jubilación y son madres tienen automáticamente derecho a un complemento de pensión. Sin embargo, para los hombres en situaciones similares, la ley impone requisitos adicionales, principalmente relacionados con interrupciones o afectaciones en sus carreras profesionales debido a la crianza de sus hijos.

La sentencia llama a los Estados miembros a adaptar sus leyes nacionales para eliminar cualquier forma de discriminación por razón de sexo en las prestaciones de seguridad social. Durante el proceso de transición, se debe garantizar que los hombres discriminados puedan acceder a los complementos de pensión en igualdad de condiciones que las mujeres beneficiadas, manteniendo así el compromiso con la igualdad efectiva hasta que se implementen las medidas correctoras necesarias.

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